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Reclamo justo, solución equivocada: sobre la reforma al derecho de autor en materia audiovisual

Un nuevo proyecto de modificación de la ley de derecho de autor pone en riesgo el uso de las licencias Creative Commons en el audiovisual, afectando la educación, la divulgación científica y las actividades de espacios culturales.

La Comisión de Educación y Cultura de la Cámara de Representantes está estudiando un proyecto de ley, propuesto por la Asociación de Productores y Realizadores de Cine del Uruguay (Asoprod), para que los directores, guionistas, músicos, dibujantes, autores de argumentos y de adaptaciones de obras audiovisuales tengan un derecho inalienable e irrenunciable sobre la comunicación pública de este tipo de obras. El proyecto establece, además, que esta remuneración será pagada por los usuarios de las obras y que podrá ser administrada por las sociedades de gestión colectiva.

La propuesta apunta legítimamente a proteger los intereses de los autores que participan en las obras audiovisuales, quienes suelen verse perjudicados en las negociaciones que llevan a cabo con los productores. Sin embargo, la solución presentada genera nuevos problemas: el carácter irrenunciable de la remuneración, establecido en el proyecto, obstaculizará gravemente la utilización de licencias Creative Commons en las obras audiovisuales, así como los permisos de exhibición gratuita otorgados a instituciones educativas, centros culturales, festivales independientes y sitios web.

El proyecto de ley, en su redacción actual, limita las libertades de los autores de obras audiovisuales, ya que un derecho de remuneración irrenunciable atenta contra la opción de usar una licencia abierta para la proyección y puesta a disposición gratuitas de las obras. De acuerdo al proyecto, las obras licenciadas con Creative Commons estarán sujetas a un pago compulsivo cuando se quiera realizar una comunicación pública de la obra, de modo idéntico a las obras que tienen todos los derechos reservados. Este pago obligatorio deberá realizarse con independencia de la voluntad de los autores, incluso en los casos en que estos desean liberar su obra. A modo de ejemplo, un realizador que haya creado un audiovisual educativo y lo haya publicado bajo una licencia abierta para permitir que sea proyectado gratuitamente en escuelas, clubes y centros barriales, ya no podrá garantizar ese permiso, dado que Agadu u otras gestoras de derecho de autor podrán ir a cobrar igual a esas instituciones.

La propuesta de pago obligatorio no solo tendrá impacto en proyecciones en espacios físicos, sino que se aplicará también en Internet, lo que generará graves problemas adicionales. Compartir un video en Internet es un acto de comunicación pública que estará sometido a un derecho irrenunciable. Por lo tanto, cualquier persona que tenga un sitio web y suba o “embeba” un video, incluso teniendo la autorización expresa de los autores o si el video tiene una licencia libre, tendrá que pagar a una sociedad de gestión colectiva. Esto afectará a sitios y plataformas locales, pero también a proyectos globales sin fines de lucro como Wikipedia e Internet Archive. A nivel nacional, en caso de aplicarse, hará prácticamente inviable el uso y difusión a través de Internet de millones de audiovisuales con licencias Creative Commons, cuyos autores han dejado sentado explícitamente que autorizan su uso de manera libre y gratuita.

La remuneración irrenunciable afectará especialmente a las instituciones educativas que proyectan audiovisuales como parte de las actividades de formación, ya que la ley de derecho de autor no establece excepciones que contemplen actos de proyección o exhibición pública de obras cinematográficas en el contexto educativo. Como consecuencia, recaudadores de Agadu o de otras entidades de gestión colectiva podrán presentarse a cobrar derechos de autor en las escuelas, liceos, universidades y centros de formación, tal como si fueran salas comerciales. Esto ocurrirá incluso aunque tengan el permiso de los autores para realizar la proyección y aunque las obras audiovisuales tengan una licencia libre. Las instituciones educativas tendrán, además, que pagar derechos por subir obras audiovisuales con licencias Creative Commons a los entornos virtuales de aprendizaje y a los sitios web institucionales.

El Programa de Entornos Virtuales de Aprendizaje de la Universidad de la República se encuentra implementando un Portal Multimedia para alojar videos realizados por docentes de la Udelar con fines educativos. A su vez, ofrece un sistema para la grabación de videos educativos cortos y un sistema para producir clases grabadas. Una iniciativa similar viene desarrollando la Facultad de Ingeniería mediante su proyecto OpenFing, en el que estudiantes de Ingeniería graban las clases, autorizados por los docentes, para que los compañeros que no pueden asistir por razones de trabajo accedan a los cursos. El estándar utilizado para distribuir esos videos son las licencias libres Creative Commons. Sin embargo, de acuerdo a la redacción actual del proyecto, estas iniciativas deberán realizar pagos obligatorios por derecho de autor.

Pero no solo la Universidad de la República pone a disposición obras audiovisuales educativas en Internet bajo licencias libres. El repositorio de recursos educativos abiertos del Plan Ceibal y el repositorio Uruguay Educa de ANEP contienen una infinidad de videos educativos financiados por el Estado y destinados a circular libremente. De igual modo, el programa de formación audiovisual Cineduca, del Consejo de Formación en Educación, ha producido una enorme cantidad de materiales a lo largo del tiempo, que se proyectan gratuitamente en centros educativos y están a disposición en Internet. ¿Qué sucederá con esos videos? De acuerdo al proyecto de ley, deberán realizarse pagos obligatorios para poder ponerlos a disposición.

Los repositorios académicos también se verán afectados. La Universidad de la República cuenta con un repositorio institucional (Colibri), y universidades privadas como la ORT también tienen repositorios. En unos pocos meses el Consejo de Formación en Educación de ANEP inaugurará su repositorio institucional. La Agencia Nacional de Investigación e Innovación se encuentra coordinando desde principios de este año el Sistema Nacional de Repositorios y también, en el mes de octubre, estará inaugurando su repositorio propio. Todos estos repositorios han adherido explícitamente a los principios de Acceso Abierto a la investigación científica, por lo que su política de publicación y distribución implica el uso de las licencias libres estándar Creative Commons. ¿Qué sucederá con todas las colecciones de videos de divulgación científica, las grabaciones de eventos académicos y la producción de docentes y estudiantes de las carreras de Comunicación y Cine, entre otras producciones multimedia, que están o estarán depositadas en esos repositorios institucionales? ¿Serán dadas de baja para no generar costos que las universidades no pueden afrontar?

Más allá del ámbito educativo y científico, la propuesta también afectará a espacios culturales y sociales. Las actividades en las que se proyecten obras audiovisuales con licencias libres deberán comenzar a pagar por la comunicación pública de las obras. Un ejemplo de esta problemática se dará con el Festival de Cine Creative Commons, que se realiza desde 2015 en Uruguay de manera autogestionada y sin fines de lucro. En este festival se proyectan películas con licencias libres de producción local e internacional. Sin embargo, más allá de la voluntad explícita de los autores de permitir la proyección sin cargo alguno, las proyecciones estarán sometidas a un pago obligatorio. Como consecuencia, la viabilidad de este y otros festivales independientes se verá fuertemente afectada.

En definitiva, a partir del legítimo reclamo de los autores de las obras audiovisuales para que los productores distribuyan equitativamente los beneficios, se ha propuesto una solución que no ataca el problema de fondo y que afecta a todo el ecosistema de producción y difusión cultural.

Desde Creative Commons Uruguay enviamos a Asoprod una propuesta que consiste en un agregado al texto del proyecto. Al mismo tiempo, solicitamos ser recibidos por la Comisión de Educación y Cultura de la Cámara de Representantes para plantear nuestros aportes. El agregado que proponemos intenta solucionar los problemas señalados, al menos parcialmente. Transcribimos el texto de nuestra propuesta a continuación. El texto en tipografía normal corresponde a la redacción original, y en negritas se destaca el agregado que proponemos:

Artículo 29 inciso 4 (del proyecto de ley):

«Queda a salvo el derecho de los autores de las obras musicales o compositores, el director o realizador, el autor del argumento, el autor de la adaptación, el autor del guión y diálogos y el dibujante en caso de diseños animados, a recibir una remuneración de carácter inalienable e irrenunciable sobre la comunicación pública de la obra audiovisual, incluida la exhibición pública de películas cinematográficas, así como el arrendamiento y la venta de los soportes materiales. Los obligados al pago de este derecho serán los usuarios de las obras, la administración del mismo se podrá realizar a través de sociedades de gestión colectiva, y los aranceles a fijar deberán ser justos y equitativos de acuerdo a los criterios que fije la reglamentación. Los usuarios de las obras quedarán exceptuados del pago de este derecho en el caso de que la obra audiovisual sea publicada o se distribuya bajo una modalidad no onerosa. La facultad de disponer los derechos de forma no onerosa podrá ejercerse mediante licencias libres y otros modelos alternativos de licenciamiento».


Este agregado evitaría la mayor parte de los efectos negativos del proyecto, dado que incluye una salvaguarda para proteger a los autores y usuarios de obras audiovisuales distribuidas bajo licencias libres o abiertas. Así, se eliminaría el pago por la puesta a disposición de obras que tengan licencias libres. Al mismo tiempo, se garantizaría la libertad de los autores para elegir la forma en que se distribuyen las obras, y no afectaría en nada a los autores que desean publicar sus obras con todos los derechos reservados.

Esperamos que los legisladores escuchen las objeciones de quienes planteamos los peligros que tiene este proyecto de ley en su redacción actual. Para evitar graves consecuencias sobre el ecosistema de la educación y la cultura uruguayas, es necesario que se termine aprobando una redacción que cuide el interés público, preservando la enorme cantidad de proyectos educativos, científicos y culturales sin fines de lucro que hay en nuestro país.

Imagen: Proyección de la película «Toca rápido o muere», en el Festival de Cine Creative Commons Uruguay 2016. Foto: Fernanda Torrejón. CC BY-SA.

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